Acuerdan Diputados Instalar Mesa Técnica Para Análisis de Solicitudes de Juicio Político Contra ex Servidores Públicos

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En reunión de trabajo, las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales, Justicia y Jurisdiccional acordaron integrar una Mesa Técnica para analizar los expedientes de solicitudes de juicio político presentadas contra ex funcionarios públicos estatales y municipales.
Así se acordó en la reunión efectuada este miércoles, en la que participaron los presidentes de los órganos legislativos Olivio López Mújica, de la Comisión de Gobernación; Sebastián Naranjo Blanco, de Puntos Constitucionales, Talía Vázquez Alatorre, de Justicia, y Pedro del Río Aguilar, de la Comisión Jurisdiccional, además de integrantes de las referidas comisiones, entre ellos el diputado Bertín Cornejo Martínez.
De acuerdo a López Mújica, respecto a las denuncias de juicio político presentadas en contra del ex presidente del Consejo del Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán; del presidente municipal y del director de Obras Públicas de Tangancícuaro, así como del presidente municipal de Álvaro Obregón, la Mesa Técnica deberá analizar el fundamento de éstas, verificar si están en tiempo, entre otros temas.
Explicó que sobre esa base, las comisiones deben analizar si ha lugar a iniciar el procedimiento y elaborar los dictámenes correspondientes; una vez hecho esto, se turnaría el expediente completo a la Comisión Jurisdiccional, responsable de desahogar el procedimiento respectivo.
La Mesa Técnica se reunirá a partir de las 10 horas del próximo lunes 20 del presente, en la que se prevé avanzar en la revisión de los expedientes a fin de darles trámite.
López Mújica aseguró que las Comisiones legislativas seguirán trabajando para sacar adelante los pendientes, como es el caso de la de Gobernación, que él preside.
Cabe señalar que de acuerdo a la fracción XXVI del Artículo 44 de la Constitución Política del Estado establece que son facultades del Congreso “Declarar si ha o no lugar a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delito en los términos del Artículo 105 de esta Constitución”.
Conocer de las imputaciones que se hagan a los servidores públicos y erigirse en Jurado de Sentencia, para conocer en juicio político de las faltas u omisiones que cometan los servidores públicos y que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, en los términos del Artículo 108 de esta Constitución.
El ordenamiento legal establece que las declaraciones y resoluciones del Congreso del Estado son inatacables.

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