Propone Marco Trejo Reformas al Código Penal

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Con la intención de que la legislación penal del Estado sea equilibrada, justa, equitativa y sobre todo positiva, el diputado Marco Trejo Pureco, presentó al Pleno de la LXXII Legislatura Iniciativa de reforma al Párrafo Segundo del Artículo 32 del Código Penal del Estado de Michoacán.
De esta manera, el parlamentario refiere que el Título IV de Consecuencias Jurídicas del Delito y a su Capítulo VI relacionado a la Reparación del Daño, contempla duplicar la reparación del daño cuando resultare la muerte, tomando como referencia la Ley Federal del Trabajo.
En este tenor, Trejo Pureco propone con esta reforma que la reparación del daño quede uniforme como lo está en los casos de incapacidad total permanente, total temporal o parcial temporal, tomando en cuenta que si la acción culmina en homicidio culposo, la pena privativa de la libertad aumenta y tomando en consideración las posibilidades de pago del actor sumando el aumento de la pena, sería justo que sólo se tomen en cuenta los casos antes señalados y que cuando ocurriera el homicidio, se juzgue de acuerdo con el artículo 260 del Código Penal del Estado, que contempla la pena expresa por este delito, así como el artículo 140 del citado Código referente a los delitos cometidos por conductores de vehículos.
Así, el legislador consideró que el Estado debe brindar a la sociedad michoacana un marco jurídico en el que se preserve el bienestar social, el equilibrio, brindando certeza a la misma, esto en base a una Ley equilibrada y justa, acorde a los tiempos en los que se vive, que no se extralimite y sea acorde al delito tipificado y al estado, para estar en condiciones de cumplirla sin que esto repercuta en las necesidades básicas del actor, toda vez que este ilícito se hubiese cometido sin dolo.

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