La 76ª Legislatura de Michoacán ratifica modificaciones a la Ley de Desarrollo Cultural, potenciando derechos y alineación legal.
Los miembros de la Septuagésima Sexta Legislatura han dado su aprobación a una serie de enmiendas a la Ley de Desarrollo Cultural del Estado de Michoacán de Ocampo, con el objetivo de llevar a cabo una modernización orgánica y significativa en la normativa actual.
A través de esta iniciativa se crea un listado claro de principios fundamentales que orienten la política cultural estatal, entre los cuales se destacan la libertad creativa, la igualdad entre las culturas, la diversidad cultural, la dignidad humana, la autodeterminación de los pueblos indígenas y afromexicanos, la equidad de género y los derechos culturales de las personas mayores.
Asimismo, se altera la disposición normativa que menciona “preferencias u orientación sexual” por la expresión legalmente adecuada de “orientación sexual”, con el propósito de eliminar cualquier forma de discriminación y alinear la legislación estatal con los principios constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos.
Igualmente, se añade el término “usos y costumbres” como un componente esencial en la definición legal del patrimonio cultural del Estado, lo que refuerza la protección legal de las tradiciones y prácticas comunitarias.
Estas reformas también conllevan la actualización de las denominaciones de diversas entidades gubernamentales locales. En concreto, se propone reemplazar la mención de la “Secretaría de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Territorial” por el nombre actual de “Secretaría de Medio Ambiente”, así como modificar la referencia de la “Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo” a “Secretaría de la Contraloría”.
De esta forma, se pretende brindar coherencia administrativa y seguridad jurídica al marco legal local en relación con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo.
