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Nueva ley te Ayuda a Recuperar tu Propiedad

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Cuando la tenencia se lleva a cabo de forma malintencionada, la prescripción también podrá ser suspendida mediante denuncia o acción penal.

El Congreso del Estado modificó el artículo 439 del Código Civil con el fin de reforzar la seguridad jurídica y salvaguardar los derechos de propiedad de los ciudadanos de Michoacán, en particular respecto a sus bienes raíces, en respuesta al aumento de incidentes de despojo y apropiación indebida que atentan contra la dignidad y el patrimonio de los trabajadores.

A raíz de la propuesta presentada por la Comisión de Justicia sobre la reforma en materia de prescripción civil, impulsada por el diputado Carlos Alejandro Bautista Tafolla, los legisladores michoacanos votaron favorablemente para que, en situaciones donde la posesión es mala fe, la prescripción pueda también ser interrumpida con una denuncia o querella penal.

No obstante, no se considerará interrumpida si se produce la extinción de la acción penal o se emite alguna otra decisión que tenga efectos de sentencia de absolución.

En el Dictamen se dejó claro que esta iniciativa surgió al detectar que la legislación actual permitía la adquisición de la propiedad mediante prescripción positiva, incluso en circunstancias donde existían señales de mala fe.

“Esto ocurre, por ejemplo, cuando una persona se apropia de un bien inmueble mediante actos de violencia, coacción, engaño o cualquier forma de despojo, y luego intenta consolidar esa tenencia como legítima, amparándose únicamente en el paso del tiempo,” se señaló.

En su Dictamen, la Comisión de Justicia subrayó la relevancia de considerar la posibilidad de interrupción de la prescripción adquisitiva de mala fe a través de una denuncia o querella penal, como un mecanismo para otorgar a quien se considere con mejor derecho y haya sido perjudicado en su posesión por actos delictivos.

Además, se ofrece la oportunidad para que pueda ejercer los derechos procesales correspondientes en un proceso penal, lo que tendría la capacidad de suspender la prescripción adquisitiva de mala fe que alguien intente aplicar en su contra basándose solamente en el transcurso del tiempo.

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