Al destacar que la prisión preventiva en México vulnera el principio de presunción de inocencia, el diputado Eduardo Orihuela Estefan presentó ante el Pleno de la LXXII Legislatura la Iniciativa de Ley de Servicios Previos al Juicio del Estado de Michoacán, como parte del paquete de reformas impulsadas por el Consejo para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
Añadió que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos a través de la Comisión y la Corte, establecen que la prisión preventiva contradice el principio de inocencia, uno de los ejes sobre los que descansa la constelación de garantías individuales que conforman el derecho al debido proceso.
Por ese motivo, dijo, entre los objetivos que se pretenden obtener con esta Iniciativa de Ley, está que la Prisión Preventiva sea una verdadera medida cautelar excepcional, para hacer efectivos el derecho a la libertad y la presunción de inocencia de todo imputado.
El legislador integrante del Consejo para la Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, argumentó que la presunción de inocencia es el concepto fundamental en torno al cual se construye el proceso penal de corte liberal, y el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que prevé que toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
Atendiendo a estos principios, Eduardo Orihuela Estefan afirmó que la prisión preventiva no puede dejarse al libre arbitrio de las autoridades porque con ello se viola la dignidad de la persona, se afecta su vida familiar, laboral y social e incluso la académica.
Por tanto, la Iniciativa de Ley previene una serie de medidas preventivas con exclusivos fines procesales los cuales tienen por objeto garantizar por una parte la información suficiente para la imposición de las medidas cautelares adecuadas y por otro, que el imputado goce de libertad durante el proceso.
Propone que el imputado comparezca a todas las audiencias requeridas y no represente un riesgo para la víctima o la sociedad en general, estas medidas en su conjunto reciben el nombre de Servicios Previos al Juicio.
Asimismo, los aspectos logísticos y metodológicos que regule la evaluación de los niveles de riesgo que represente el imputado y las medidas cautelares que correspondan será parte del Reglamento que deberá elaborar el Poder Ejecutivo, dentro de un plazo determinado.
La Iniciativa de Ley fue turnada a las Comisiones de Justicia y Seguridad Pública para su análisis y dictamen.