El diputado Fidel Calderón Torreblanca, coordinador del Grupo Parlamentario del PRD en el Congreso local, señaló que la designación del comisionado estatal para la atención de los temas de desarrollo social y económico en la Tierra Caliente del estado, es ilegal ya que no puede haber autoridades intermedias entre los presidentes municipales y el gobierno del estado, de acuerdo con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En ese sentido, el artículo 115, estipula lo siguiente: Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:
1.- Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
El legislador manifestó que jurídicamente este es un tema ampliamente explorado, toda vez que durante el gobierno de Víctor Manuel Tino Rubí se intentó designar coordinadores regionales, por lo cual presidentes municipales promovieron recursos jurídicos en contra.
El gobernador no sustenta legalmente la designación del comisionado estatal, como tampoco ha explicado que funciones tiene y de que instrumentos legales y administrativos se valdrá para desarrollar ese encargo. Esta actitud es diferente a lo hecho por el gobierno federal mediante el decreto que crea la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán, publicado por el presidente Enrique Peña Nieto, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).