El Colegio de Contadores Públicos de Michoacán, refirió que es una obligación que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) emitan el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), lo anterior debido a que se han detectado casos en que por recomendaciones equivocadas no lo hacen, además acusó a proveedores de facturación de proporcionar servicios deficientes.
En rueda de prensa, Alberto Alvarado Laris recordó que la fecha límite de los contribuyentes para emigrar de los Repecos al RIF venció el pasado 31 de marzo y que no habrá prorrogas por parte de la autoridad fiscal, sin embargo, arguyó que aún existen contribuyentes que no han migrado a la nueva figura fiscal.
En este sentido, refirió que siguen existiendo problemas con la página de internet del Servicio Tributario, lo cual ha redundado en que contribuyentes responsables no estén cumpliendo en tiempo y forma con sus responsabilidades ante las autoridades del SAT, lo cual está causando molestias entre las personas que han migrado al RIF.
De igual forma, el contador Roberto Carlos Estrada, miembro del Colegio refirió que algunos proveedores de facturación electrónica están proporcionando servicios deficientes, debido a que se limitan a emitir los CFDI en ciertos horarios, lo que representa inconvenientes tanto para la persona que lo emite. Así como para las personas que requieren de dicho comprobante fiscal.
Ante tal situación, María del Lourdes Vázquez, del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán, invitó a los contribuyentes a denunciar estos hechos ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), además de cambiar de proveedor en caso de detectar este tipo de irregularidades, de esta forma se evitará incumplir en las obligaciones fiscales.
“Por eso, hacemos un llamado a todas las personas que requieran de comprobar erogaciones, dentro de sus declaraciones anuales ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que exijan que les sea emitido en tiempo y forma su Comprobante Fiscal Digital por parte de negociaciones o personas inscritas en el Régimen de Incorporación Fiscal”.
Finalmente, Alberto Alvarado recordó que cuando se realicen operaciones ante fedatarios públicos, también se debe de solicitar el CFDI, ya que los Notarios Públicos tienen la obligación de expedir dicho comprobante luego de dar fe de cualquier asunto relacionado a su actividad.