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jueves, diciembre 11, 2025
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    Abren IMSS e ISSSTE a No Derechohabientes

    El Senado aprobó una reforma que permite el intercambio de servicios entre instituciones para dar atención sin importar afiliación

    Por primera vez, México implementará un sistema de salud que permitirá al IMSS y al ISSSTE atender a pacientes que no sean beneficiarios, con el objetivo de asegurar que todos aquellos que lo requieran tengan derecho a recibir atención médica.

    En la noche pasada, el Senado aprobó, con 76 votos a favor y 37 en contra, la modificación a la Ley General de Salud, que establece que “todas las personas, con o sin afiliación a instituciones de seguridad social, podrán acceder a los servicios de salud proporcionados por cualquier entidad del sector público, según la enfermedad que padezcan, ya sea por accesibilidad geográfica o por urgencia médica, de acuerdo a la operación de los convenios para el intercambio de servicios de salud. En tal caso, la institución a la cual pertenece el paciente que recibe el servicio médico deberá cubrir los gastos correspondientes a la institución que lo proporciona”, señala la modificación a la Ley General de Salud que fue aprobada por el Senado anoche.

    Se especifica que “los convenios de intercambio de servicios de salud mencionados anteriormente garantizarán la continuidad en la atención médica y el suministro de medicamentos y demás insumos esenciales para la salud a las personas en instituciones públicas que firmen dichos convenios, a cambio de las compensaciones que se acuerden bajo un principio de reciprocidad”, aclara.

    Establece que las autoridades tendrán la responsabilidad de “promover el acceso universal a la atención médica mediante el intercambio de servicios entre instituciones públicas de salud, para asegurar el acceso efectivo a atención oportuna y de calidad, para toda la población”.

    El Secretario de Salud tendrá la autoridad para planificar la demanda de insumos relacionados con la salud.

    La reforma también indica que el Secretario de Salud contará con la potestad de “planificar e integrar la demanda de medicamentos, equipos médicos de alta tecnología que haya determinado, así como otros insumos para la salud, además de hacer seguimiento y ofrecer asesoría durante los procesos de contratación consolidada y su ejecución, en los cuales participen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que provean servicios de atención médica, salud pública y asistencia social, de acuerdo con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y otras normativas aplicables”.

    Se puntualiza que en “los procesos de contratación consolidada de medicamentos, dispositivos médicos y otros insumos para la salud, conforme a las disposiciones legales pertinentes, incluidos los tratados internacionales, la Secretaría de Salud deberá fomentar la participación de personas físicas o morales que demuestren tener, dentro del territorio nacional, inversión en la cadena de producción de medicamentos, dispositivos médicos y demás insumos para la salud, o que inicien la instalación de fábricas, laboratorios o almacenes que formen parte de dicha cadena, o de aquellas que lleven a cabo investigación científica, o en situaciones de adquisiciones de productos innovadores en el ámbito de la salud.

    “Esto sin detrimento de lo dispuesto en los capítulos de compras públicas de los acuerdos comerciales ratificados por el Estado Mexicano”, concluye.
    De manera similar, se busca “fomentar la creación del Sistema Nacional de Información Básica en Salud y el Sistema Nacional de Información en Salud como herramientas para la recopilación y el reporteo de datos estadísticos y nominales proporcionados por los miembros del Sistema Nacional de Salud, con el propósito de fortalecer la base a nivel nacional”.

    De este modo, se podrá “consolidar y gestionar una base nacional de información en salud que contenga datos sobre la prestación de servicios, la infraestructura y los equipos médicos, lo cual facilitará la evaluación del rendimiento de los miembros del Sistema Nacional de Salud, el intercambio de servicios y la formulación estratégica de políticas, criterios y lineamientos en el ámbito sanitario”.

    Asimismo, coordinará “la planificación para la creación, renovación y expansión de las unidades médicas, así como para la dotación de equipamiento médico de alta tecnología, a través de la ejecución del Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico de Alta Tecnología”.

    Asimismo, se establece la creación del Sistema Federal Sanitario, que estará conformado por “la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y las autoridades de protección sanitaria de las entidades federativas con las que se haya formalizado un acuerdo de coordinación para el cumplimiento de funciones en términos de regulación, control, vigilancia y promoción de la sanidad, así como los laboratorios de las entidades federativas en su papel de regulación sanitaria”.

    Ejes de la reforma

    Los convenios de colaboración asegurarán la prestación de servicios médicos.
    Se garantizará la entrega de medicamentos y suministros para la salud.
    El secretario de Salud tendrá la capacidad de planificar e integrar la demanda de medicamentos y equipos médicos de alta tecnología.
    Se conformará una base nacional de información en salud que recopile datos sobre la prestación de servicios.
    Se llevará a cabo la implementación de un Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico de Alta Tecnología.
    Se establecerá un Sistema Federal Sanitario que incluirá a Cofepris y a las autoridades estatales.

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