Al negar el derecho a participar en el proceso de ejecución del presupuesto participativo, es negarle a los mexicanos participar en el desarrollo de sus regiones, destaca Raúl Morón Orozco

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Al negar el derecho a participar en el proceso de ejecución del presupuesto participativo, es negarle a los mexicanos participar en el desarrollo de sus regiones, destaca Raúl Morón Orozco

México, DF.- El Senador de la República, Raúl Morón Orozco, lamentó que las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, desecharan la iniciativa presentada por el grupo parlamentario del PRD que buscaba otorgar el reconocimiento constitucional del derecho ciudadano a participar en el proceso de asignación y ejecución del presupuesto del municipio o presupuesto participativo.

Por tal razón votó en contra del dictamen dichas comisiones, debido a que negaban el derecho a los ciudadanos a formar parte del proceso de integración y ejecución de los presupuestos municipales.

Al hacer uso de la tribuna, Raúl Morón Orozco, destacó que al negar este derecho, se les niega a los mexicanos la oportunidad de decidir libremente en que invertir sus impuestos y sus recursos, y más aún, “es negarles el derecho fundamental a participar en el desarrollo de sus regiones y comunidades bajo un principio básico de la democracia directa”.

El legislador michoacano enfatizó que una reforma de esta naturaleza, como lo proponía la bancada del PRD, no sólo hará posible transitar de una democracia representativa desgastada y cuestionada a una democracia participativa demandante de mayores espacios de participación social, “también hará posible también inscribir a nuestro país, entre las democracias más consecuentes, incluyentes y modernas del mundo, elevando la garantía de la participación ciudadana al rango constitucional de derecho fundamental, reconocido por los propios organismos y tratados internacionales”.

Morón Orozco destacó que el argumento esgrimido los por las comisiones referidas para negar el reconocimiento constitucional a los ciudadanos a decidir en qué, cómo y de qué manera se gastan los recursos públicos en su municipio, se trata de un argumento que carece de validez y no es procedente “para negar el establecimiento de este derecho constitucional, humano y político, el hecho de que la iniciativa no hubiera contemplado aspectos relacionados con el porcentaje del presupuesto que será objeto de esta forma de definición del gasto, el grado de participación ciudadana que se involucrará en la asignación, ejecución y control de la partida presupuestaria respectiva, las reglas a las que se sujetará el ejercicio de consulta, así como la definición del destino del gasto correspondiente, quiénes estarán legitimados para intervenir en el debate presupuestario, es decir, para determinar en definitiva la priorización de las acciones públicas a emprender y los criterios para establecer dicha priorización, así como la forma en que se fijarán éstos, los rubros a los que podrá destinarse el gasto involucrado en el presupuesto participativo, las reglas y procedimiento para definir la viabilidad técnica de las propuestas ciudadanas, las instituciones o autoridades encargadas de la organización, conducción, desarrollo y validación de los resultados de la consulta y la participación, que en su caso, se otorgará a las autoridades municipales durante el proceso, así como las reglas a que se encontrará sujeta su intervención”.

El representante popular por Michoacán enfatizó que el Derecho Constitucional de los ciudadanos a participar en la asignación y ejecución del presupuesto público municipal, “no puede bajo ningún argumento sujetarse a reglas de legislación secundaria, que son importantes y necesarias, pero que serán objeto seguramente de un segundo momento legislativo una vez que el derecho constitucional sea reconocido”.

Destacó que el derecho ciudadano al presupuesto participativo, en la presente reforma constitucional, pretende adecuar el marco jurídico y ampliar a través de éste y de una auténtica reforma estructural, normativa y funcional de la administración pública municipal, la satisfacción oportuna y suficiente de los requerimientos sociales, con espacios amplios para que la ciudadanía participe activamente y en forma constante en el diseño, ejecución y evaluación de la función pública y los recursos que se invierten en el gasto público”.

Asimismo, destacó que otros de los motivos que impulsan la reforma constitucional impulsada por la izquierda, es la modernización de una administración pública que responda con mayor capacidad de solución a los reclamos sociales, bajo el impulso de nuevas formas de organización, planeación y ejecución del presupuesto público, “no desde la perspectiva del funcionario, sino a partir de la necesidad del ciudadano, es decir del auténtico dueño y destinatario de los recursos públicos, desde una visión más efectiva y directa del desarrollo social, que les proporcione a los municipios mayor certidumbre y capacidad de atender la demanda ciudadana como primer orden de gobierno, desde la estructuración de programas públicos que deriven de la propia propuesta y planeación comunitaria”.

Abundó que en la definición de presupuestos participativos con visión integradora, así como en la definición de las políticas y los programas sectoriales, resulta fundamental la opinión y propuesta de la propia sociedad organizada, es por ello que, precisamente a partir de esta reforma, se ha propuesto instituir y reconocer en nuestra carta magna mexicana, un nuevo derecho ciudadano de participación social para la planeación del desarrollo, que obligue particularmente a los municipios, a integrar necesaria y obligatoriamente las propuestas ciudadanas a sus planes y programas de desarrollo y la inclusión de la participación de todos los sectores sociales en las decisiones de la agenda pública, así como la priorización de obras y recursos públicos.

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