El Pleno de la Septuagésima Segunda Legislatura aprobó con 26 votos a favor, 8 votos en contra y 6 abstenciones, el Dictamen de Mayoría con Proyecto de Decreto que contiene el Informe de Resultados de la Revisión, Fiscalización y Evaluación de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011.
El proyecto aprobado sostiene que las comisiones dictaminadoras no encontraron elementos suficientes y competentes para aprobar el Informe de la Auditoría Superior de Michoacán, por tanto, fue declarado improcedente.
El expediente fue turnado a las comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales, Justicia y Jurisdiccional, para que determinen si existen responsabilidades por parte de algún servidor público del Poder Legislativo y en su caso se finquen las sanciones correspondientes.
También se instruye a la Auditoría Superior de Michoacán (ASM), para que de seguimiento a los pliegos de las responsabilidades que sean establecidas, finque sanciones o interponga las denuncias correspondientes ante la autoridad competente.
De igual forma, se solicita al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, instruya y habilite a la Coordinación de Contraloría del Estado, para que aporte, colabore y proporcione a la Auditoría Superior de Michoacán por conducto de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán, todos los elementos, información y documentación necesaria, competente y suficiente, con el objeto de que coadyuven en la profundización de las presuntas responsabilidades que se desprendan del contenido de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal del ejercicio fiscal 2011.
Durante una sesión que se prolongó por casi 12 horas, se rechazó el Dictamen de Minoría con Proyecto de Decreto que contiene el Informe de resultados de la Revisión, Fiscalización y Evaluación de la Cuenta Pública Estatal.
El proyecto que no fue avalado por la mayoría de los legisladores sostiene que con base en los artículos 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior, la ASM es la instancia encargada de dar seguimiento y forma legal a las observaciones y procedimientos que se requieran para la investigación de posibles irregularidades y la determinación de responsabilidades; así como de aplicar las sanciones que en cada caso se hayan hecho a la Administración Pública del Estado.