Contralores Cuadran Números y son Cómplices de sus Jefes

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Siempre se ha sabido que las auditorias o fiscalización son al boleo, a la suerte de entrelos 113 ayuntamientos y de ahii los curuleros de la obsoleta Comisión Inspectora ya no saquen n dictámenes difusos, que recomiendan, pero no aprueban, las cuentas publicas municipales y si lo hacen es porque practicaron el vapoporazo vil
Chance por eso hoy el diputado que se mantiene con el grupo de los solitarios, Uriel López Paredes, hablo fuerte de las complicidades omisiones y colaboraciones de los contralores, estatal y municipales, contralores que en su mayoría por no decir todos son cómplices y empleados del edil, que obstaculizan y disfrazan las cuentan del jefe, incidiendo gachamente contra la transparencia, ya que estos personajes mas bien son cómplices empleados de los ediles para que en el Congreso nadie sepa de las cuentas mochas
Por eso Uriel propone que los contralores municipales los ponga la Auditoria superior de Michoacan, no el presidente municipal y que estos personajes informen mensualmente el legislativO…En otro punto de la orden del dia de a sesión ordinaria, se dio lectura a la resolución del primer tribunal colegiado en materias administrativas y del trabajo del décimo primer circuito de 31 de marzo de 2014, dictada dentro del amparo número 157/2013, relativo al juicio de amparo número 805/2012, promovido por ricardo villagómez villafuerte.
El documento estipula la revocación de la sentencia reclamada, y ampara a Ricardo Villagómez Villafuerte contra el auto y autoridad, declarando insubsistente el acuerdo del 24 de octubre del 2012, aprobado por el Congreso del Estado. Como quien dice que le devuelvan la chamba todo lo anteris se eslabona con el turno a comisiones las observaciones del poder ejecutivo a la minuta 300 que es la de su cuenta publica
El documento presentado al Poder Legislativo señala que en el marco de sus facultades, el Ejecutivo del Estado es respetuoso de las decisiones que tome el Congreso, no obstante, alude su responsabilidad de ejercer las facultades otorgadas por la Constitución Política respecto del proceso legislativo, cuando se trata de determinaciones de relevancia pública, como el tema del manejo de la hacienda estatal.
Auditoría Superior de Michoacán y al órgano técnico fiscalizador para su conocimiento.

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