Es indispensable se analice, así como se contribuya en la revisión de la iniciativa presentada por los diputados Alfonso Martínez Alcázar y José Eduardo Anaya Gómez, la cual tiene como principal objetivo, evitar la parálisis en la promulgación y publicación de los proyectos Legislativos enviados al Poder Ejecutivo del Estado, generando certidumbre en las etapas del proceso deliberativo que cristalizan dichos procedimientos, así como la entrada en vigor de las Leyes y Decretos.
Es importante señalar que en días pasados, fue presentada ante el Pleno del Congreso del Estado por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, una iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma la fracción V del artículo 37 de la Constitución local, que busca regular el llamado “veto de bolsillo”, atribución que faculta al Poder Ejecutivo vetar leyes o decretos.
En entrevista, Anaya Gómez indicó que con esta reforma que será analizada por la Comisión de Puntos Constitucionales, se podrá avanzar en el mejoramiento del proceso legislativo que se realiza en el Congreso local, advirtiendo los perjuicios del acto suspensorio del Ejecutivo por no promulgar un proyecto, se estaría facultando al Presidente del Congreso del Estado a publicarlas en tiempo y forma, en el Periódico Oficial, a fin de dar certeza y seguridad a las resoluciones legislativas que se realicen.
Señaló que durante los últimos años se han realizado diversos retrasos en la publicación de leyes por parte del Ejecutivo Estatal, demorando el ejercicio legislativo “éste tipo de veto sucede al momento que el Ejecutivo guarda en el cajón o en el bolsillo una propuesta de Ley o decreto que en su momento recibió del Legislativo, lo que se traduce en un ejercicio inoperante en los que la actuación de los poderes debe ser de coordinación y construcción en dicho procedimiento parlamentario”, reiteró.
Finalmente, el también Presidente de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales del Congreso del Estado, subrayó que con esta propuesta presentada por la bancada panista, se considerará admitido todo proyecto aprobado y que no sea devuelto por el titular del Ejecutivo con observaciones dentro de los siguientes diez días hábiles; vencido este plazo el Poder Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar la Ley o Decreto.