Eso significa, precisaron los asesores jurídicos consultados, que el regreso de la minuta a los diputados los libera de los plazos perentorios fijados por la Constitución y el tema puede quedarse en comisiones, como ocurre con muchas reformas que están a la mitad del proceso legislativo.
La devolución de la minuta a San Lázaro la hace sujeta al procedimiento ordinario y, por lo tanto, se tienen dos vías, una de ellas fue utilizada en la reforma política: que el Senado emita dos dictámenes, uno donde acepta en sus términos la minuta de los diputados, y otro donde le hace cambios, con el aviso a San Lázaro de que en caso de que el Pleno de los diputados rechacen los cambios del Senado, se tome entonces el texto original de la minuta para que no se muera la reforma.
Pero si los panistas y los perredistas, los sindicalistas y los empresarios insisten en hacerle los cambios, entonces en la devolución de la minuta sólo tiene el camino de ser aceptada en sus términos por los diputados, o morir al momento que en San Lázaro se rechacen los cambios del Senado, ante lo cual se deberá esperar un año para volver a presentarse una propuesta de reforma laboral.
Admiten riesgos Javier Lozano, secretario de la Comisión del Trabajo, admitió en conferencia de prensa que existe el riesgo de que los cambios hechos a la minuta de los diputados lleve a la reforma laboral a la congeladora legislativa.
Interrogado sobre lo que ocurrirá en caso de la devolución de la minuta a los diputados, Lozano explicó que “los 30 días a que se refiere, vamos, dos periodos de 30 días naturales a los que se refiere el 71 constitucional, tratándose de iniciativas preferentes, es precisamente para un trámite de una mera discusión, aprobación y la revisión en sus términos.
“Si regresa a la cámara de origen, se entiende que los 30 días que nosotros tuvimos se han atendido y entonces se tendría que seguir como un trámite ya ordinario en la cámara de origen.
“Si regresa parte o en su totalidad esta minuta, este proyecto de ley a la cámara de origen, ya se entiende que la iniciativa preferente como tal satisfizo sus dos periodos de 30 días naturales en ambas cámaras y sigue su procedimiento ordinario, ya sin un plazo perentorio para la cámara de origen”, respondió.
Dos rutas La iniciativa de reforma laboral tiene dos opciones en el Senado: que el actual dictamen pase en los términos en que fue enviado por la Cámara de Diputados o hacerle modificaciones.
Si el Senado la aprueba en los términos de la minuta de diputados: La envía al Ejecutivo federal para sus observaciones Si el Ejecutivo Federal le hace observaciones, se regresa a Cámara de Diputados para que se hagan los cambios que pide el mandatario federal.
Los diputados no tienen plazos para procesar las observaciones del Presidente de la República Si el Ejecutivo Federal no le hace observaciones, se publica en el Diario Oficial de la Federación.
Si el Senado le hace cambios a la minuta de los diputados: Pierde su carácter de iniciativa preferente y entra a tratamiento ordinario, lo que implica es que no hay plazos perentorios para aprobarla.
La Cámara de Diputados la envía a discusión de comisiones, las cuales ya no tendrán plazos fijos para procesarla.
Se requiere del voto de las dos terceras partes del Pleno para aceptar los cambios del Senado Si rechaza los cambios del Senado, le reenvía la minuta con la ratificación de su posición; si el Senado insiste el tema se muere y deberá esperarse un año para volver a presentar una reforma de este tipo.
El Senado puede emitir dos resoluciones: una para hacerle cambios y regresarla a San Lázaro y otra donde se allana a los términos de la minuta.
Le aclara, en ese caso, que si los diputados rechazan los cambios, entonces se toma como válida la minuta sin cambios y pasa al Ejecutivo federal.