Mezcal Michoacano, Denominación de Origen: Avila Farca

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* La instrucción del gobernador Salvador Jara ha sido la de impulsar desde la cultura de la ley, mejoras en la entidad en diversos rubros; destacó el consejero jurídico.
Michoacán es una entidad en la que la cultura, las tradiciones y costumbres tienen una gran densidad histórica, por ello el Gobierno del Estado busca proteger la producción artesanal en diferentes vertientes, como del mezcal que se produce en treinta municipios de la entidad, aseguró el consejero jurídico del Ejecutivo, José Ramón Ávila Farca.
De acuerdo con el funcionario, desde hace ya algunos años la administración estatal buscó la modificación a la declaratoria de la protección de la denominación de origen “Mezcal” ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), lo cual fue avalado por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa a través de la Sala Especializada en materia de Propiedad Intelectual.
Los municipios michoacanos incluidos en la protección referida son: Acuitzio, Aguililla, Ario de Rosales, Buenavista Tomatlán, Charo, Chinicuila, Coalcomán, Cotija, Cojumatlán de Régules, Erongarícuaro, La Huacana, Tacámbaro, Turicato, Tzitzio, Hidalgo, Salvador Escalante, Morelia, Madero, Queréndaro, Indaparapeo, Tarímbaro, Tancítaro, Los Reyes, Tepalcatepec, Sahuayo, Marcos Castellanos, Jiquilpan, Venustiano Carranza y Vista Hermosa.
En opinión de Ávila Farca se acudió al artículo 2 del Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, que dispone lo siguiente:
“Se entiende por Denominación de Origen, en el sentido del presente Arreglo, la denominación geográfica de un país, de una región o de una localidad que sirva para designar un producto originario del mismo y cuya calidad o características se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico comprendidos los factores naturales y los factores humanos”.
También señala que el país de origen es aquel cuyo nombre constituye denominación de origen que ha dado al producto su notoriedad o bien, aquel en el cual está situada la región o la localidad cuyo nombre constituye la denominación de origen que ha dado al producto notoriedad.
El consejero jurídico sostuvo que con este avance en términos legales, inscrito en el expediente 113/13EPI-01-9 del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el cual se específica improcedente la oposición del Consejo Estatal del Maguey y Mezcal de Guerrero A.C., los productores de mezcal michoacano podrían contar con mejores garantías para la comercialización del producto en los mercados nacionales e internacionales.
Agregó que la instrucción del gobernador Salvador Jara Guerrero ha sido la de impulsar desde la cultura de la ley, mejoras en la entidad en diversos rubros.

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