Con respecto a la causa penal 28/2015 y al resolutivo que emitiera el Tribunal de Enjuiciamiento en cuanto al delito de secuestro agravado, delito imputado a cinco personas, el Poder Judicial de Michoacán hace del conocimiento de la ciudadanía lo siguiente: De acuerdo a un comunicado de prensa, jueces de oralidad resuelven en audiencia pública todo asunto que es sometido a su consideración, de manera transparente y abierta a la ciudadanía. El Tribunal de Enjuiciamiento conformado por la presidenta Ana Lilia García Cardona, primer relator Jesús Alejandro Sosa Maya y segundo relator María Consuelo López Ramírez, resolvió de manera unánime condenar a uno de los imputados a una pena de 100 años de prisión, multa de $564,240.00 pesos y a la reparación del daño, partiendo de que la víctima lo identificó como la persona que la privó de la libertad, además de ser detenido en el acto de cobrar el rescate solicitado. Asimismo, determinó absolver a dos de los acusados presentados en audiencia pública puesto que no se probó su intervención en el hecho, y no hubo reconocimiento de parte de las víctimas. Finalmente, con respecto a las otras dos personas acusadas por este mismo delito, el Tribunal determinó –luego de haber presenciado todas las pruebas- absolverlos, porque estimó que su detención no fue en flagrancia -supuesto que permite privar de la libertad a una persona- y consecuentemente la consideró como ilegal. La seguridad de la víctima, en éste y todo delito, es prioritaria, y todas las autoridades deben velar por el respeto de sus derechos, al igual de los de las personas que son investigadas por la posible comisión de un delito. En este sentido, el Poder Judicial de Michoacán reitera su compromiso de resolver los asuntos que son sometidos a la consideración de jueces y juezas, con estricto apego a Derecho.