Organizaciones de la Sociedad Civil, Factor de Cambio y Contribución al Desarrollo de Michoacán: Dip. Miguel Amezcua Manzo

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Organizaciones de la Sociedad Civil, Factor de Cambio y Contribución al Desarrollo de Michoacán: Dip. Miguel Amezcua Manzo
Organizaciones de la Sociedad Civil, Factor de Cambio y Contribución al Desarrollo de Michoacán: Dip. Miguel Amezcua Manzo

La sociedad civil organizada será factor social clave a lo largo del Siglo XXI, al realizar en lo cotidiano un valioso trabajo para contribuir al desarrollo de Michoacán, resaltó el diputado Miguel Amezcua Manzo.
El presidente de la Comisión de Desarrollo Social de la LXXII Legislatura del Congreso del Estado razonó su voto a favor del dictamen de la Ley de Fomento y Fortalecimiento de las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, aprobado en sesión extraordinaria este sábado.
Amezcua Manzo refirió sobre la necesidad de la existencia de un marco jurídico en la entidad que apunte a fortalecer a las organizaciones sociales como un actor social, incluso como instancias que han contribuido a impedir el deterioro del tejido social en condiciones de inseguridad pública y de violencia social.
Asimismo, que garantice condiciones de dignidad y suficiencia presupuestal para su operación y que contribuya a erradicar el ejercicio de discrecionalidad con que pueda actuar el Ejecutivo Estatal en turno, contraviniendo los principios de justicia y equidad.
La Ley propiciará la creación de mayores espacios de interlocución, que obliguen a la administración pública estatal a fomentar y fortalecer las actividades que realizan las organizaciones de la sociedad civil, procurando una excelente coordinación entre las dependencias.
Así como a favorecer la homologación de criterios en la gestión, contribuyendo a la simplificación administrativa de los trámites, así como a la transparencia y rendición de cuentas.
De la misma forma, el presidente de la Comisión de Desarrollo Social resaltó que la ley pretende establecer los procedimientos de asignación y de uso de fondos públicos que pudieran solicitar y recibir las organizaciones, a través del Gobierno del Estado.
Lo anterior, con base a los principios de justicia en la distribución del ingreso, equidad social e igualdad de oportunidades, combatiendo toda duplicidad existente en la aplicación de recursos en una misma acción emprendida.
Para que estas organizaciones tengan real vinculación con las instituciones gubernamentales, se regulará y establecerá que trabajen a favor de los ciudadanos a favor del desarrollo social sin fines de lucro, ni de proselitismo político-religioso, incluyendo a las que tienen razón social en otros estados.
Son tres las estructuras que comprende el dictamen de la ley de las organizaciones de la sociedad civil: comisión de fomento y fortalecimiento, consejo técnico consultivo representativo y registro estatal.

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