Reformarán Ley de Desarrollo Rural: Erik Juárez y Osbaldo Esquivel

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Reformarán Ley de Desarrollo Rural: Erik <b>Juárez</b> y Osbaldo Esquivel

MORELIA, Mich.- Debido a que la población de los 113 municipios del Estado se enfrentan ante el problema del inadecuado control de residuos sólidos, líquidos y gaseosos de origen doméstico e industrial, a la contaminación de cuerpos de agua, suelos, flora, fauna y atmósfera, así como a un irresponsable manejo de los contenedores de sustancias químicas desechados, los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Rural, darán luz verde a la Iniciativa de decreto que reforma la Ley de Desarrollo Rural Integral Sustentable del Estado presentada por el ciudadano Mario Figueroa Cárdenas, afirmaron Erik Juárez Blanquet y Osbaldo Esquivel Lucatero.

Tras hacer el análisis y discusión de la propuesta presentada por el ciudadano Mario Figueroa, se acordó avalar la reforma, al considerarla fundamental ya que la sustentabilidad implica la seguridad de conservar el ambiente y evitar efectos nocivos o residuales en el agua, suelo, flora, fauna y especie humana.

Los diputados Erik Juárez Blanquet y Osbaldo Esquivel Lucatero, presidente e integrante de la Comisión de Desarrollo Rural, calificaron como buena la propuesta ciudadana ya que en Michoacán existen regiones consideradas como focos rojos en materia de salud pública, por ejemplo: en la Meseta Tarasca existe desnutrición en las comunidades indígenas; en el Bajío Michoacano, particularmente en los municipios de La Piedad, Tanhuato, Panindícuaro, Penjamillo, Villachuato, Numarán, Penjamillo y Puruándiro se presentan de manera recurrente: enfermedades congénitas, prematuridad, anencefalia y Síndrome de Down.

Mientras en la comunidad de Cancita en el municipio de Parácuaro existen personas con cálculos renales; y en la región oriente del Estado, particularmente en la tenencia San Pedro Jacuaro, municipio de Ciudad Hidalgo, viven familias en las que varios de sus miembros padecen insuficiencia renal aguda, hipertensión arterial, obesidad y desnutrición.

Por ello, coincidieron en que se requiere mayor información y transferencia tecnológica en materia de energías alternativas que suplan racionalmente los suministros de energía actuales, y que modernicen su capacidad de renovación en función de un menor efecto de contaminación e impacto ambiental.

Actualmente existe en el medio rural una importante dependencia de energías convencionales resultantes de fuentes energéticas transformadas o elaboradas a partir de recursos primarios derivados del petróleo; situación que impide lograr un auténtico desarrollo rural integral sustentable en el Estado.

Por ello, Erik Juárez y Osbaldo Esquivel, puntualizaron que es necesario un ordenamiento jurídico que regule normativamente los procedimientos y dé certidumbre legal a quienes operan las actividades en la producción orgánica al interior del Estado.

El territorio estatal conserva una biodiversidad que incluye una amplia variedad de seres vivos endémicos, que su población es socialmente multicultural y que en términos físico-químicos tiene características distintas a las de otras regiones del mundo.

Esta Iniciativa de Reforma de Ley no modifica la estructura orgánica de las Instituciones del Estado, no altera sus regímenes presupuestales y, es económica, política, ecológica, integral y socialmente sustentable”.

Cabe señalar que la iniciativa elaborada por el Ciudadano Mario Figueroa Cárdenas manifiesta la importancia de contar con información técnica oportuna, que permita evaluar y diseñar un manejo rural integral sustentable en los sistemas de producción en el Estado.

En ese sentido, los diputados de la Comisión de Desarrollo Rural consideraron conveniente propone integrar dos fracciones bis a la Ley de Desarrollo Rural Integral Sustentable, dado que el estudio realizado a la Iniciativa materia del presente dictamen, resulta necesario incorporar los conceptos siguientes: XXVI bis Fuentes de Energía Alternativas Renovables: aquéllas que pueden regenerarse de manera natural a una velocidad mayor de la que se consumen y XLV bis Series de Mineralización: registro en el tiempo sobre las tasas de cambio de la fracción orgánica convertida a formas inorgánicas.

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