Con la finalidad de transparentar el método de selección de los consejeros del consejo consultivo de la Secretaría del Migrante, la comisión legislativa en la materia presentará una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley de los Migrantes y sus Familias del Estado de Michoacán, informó la diputada Silvia Estrada Esquivel, tras explicar que dichas disposiciones contemplan también el ampliar el consejo, además de crear un padrón estatal de migrantes y garantizar que el titular que sea designado en la secretaría creada para este sector cuente con el perfil.
En ese sentido, la presidenta de la Comisión de Migración en la LXXII Legislatura, Silvia Estrada señaló que dentro de las reformas que se presentarán al pleno se contempla ampliar el consejo consultivo, ya que actualmente sólo está integrado por el Gobernador, el Secretario del Migrante y ciudadanos, pero ahora se pretende que se incluya al Procurador General de Justicia en el Estado, al Secretario de Seguridad Pública Estatal, al Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, al Secretario de Salud, y así como al de Desarrollo Económico.
De la misma forma, la también vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del PRD en la LXXII Legislatura, señaló que otra de las finalidades con las reformas, es que se cree un padrón estatal de migrantes, porque en realidad no se tienen datos precisos, de dónde están ubicados y cuántos son los migrantes michoacanos.
Asimismo, agregó, se busca establecer también requisitos para quién sea designado como Secretario de Migrantes, con la finalidad de que quien ocupe el cargo tenga el perfil idóneo para atender a la comunidad migrante.
En ese sentido, Silvia Estrada comentó que en la comisión los diputados están conscientes de la importancia que tiene para los migrantes y sus familias la Ley que ahora pretendemos reformar, reconocemos que es un instrumento que recientemente entró en vigor el año anterior, y trae consigo importantes avances en el tema de reconocimiento de derechos a los migrantes y sus familias; así como obligaciones por parte de las dependencias pertenecientes al Poder Ejecutivo del Estado y sus ayuntamientos, para impulsar políticas y acciones que se vean reflejadas en mejoras de sus condiciones de vida, así como en los mecanismos de coordinación entre los diferentes niveles de gobierno.
Sin embargo, “consideramos que es nuestra labor como legisladores realizar reformas a la misma, con la finalidad de que sus objetivos se logren de manera exitosa, por lo anterior, resulta importante no solamente otorgar al Consejo Consultivo Migratorio de la Secretaría de los Migrantes la participación en asesoría y consulta para el diseño, elaboración e implementación de las políticas públicas; debemos ir más allá otorgando a este Consejo facultades de evaluación de las políticas públicas para los migrantes y sus familias, lo anterior, con la finalidad de que a través de la experiencia obtenida de la aplicación de las políticas públicas, éstas se vayan perfeccionando con el paso del tiempo y corrigiendo con oportunidad las que no funcionen, por medio de la autocrítica y el autoanálisis”.
Por ello, se propone incluir el libre tránsito como derecho de toda persona y deber de cualquier autoridad promoverlo y respetarlo; para que sea solo la autoridad competente la que pueda comprobar la nacionalidad y situación migratoria en el territorio estatal.
Por otra parte, es importante realizar una adición a la Ley que nos permita establecer los requisitos mínimos indispensables para ocupar el cargo público de Secretario del Migrante en el Estado; ya que actualmente no se contempla; la Ley debe regular un perfil adecuado para esta función, que garantice el cumplimiento eficaz de sus atribuciones; así como mejores resultados en la aplicación de las políticas públicas y no experimentar con perfiles inadecuados en un tema tan sensible social y económicamente como lo es la migración; porque es nuestra obligación garantizar que los funcionarios dispuestos a ocupar estos cargos conozcan la problemática y las soluciones a la misma.
Es necesario también que en la Ley, se prevea un registro de migrantes en el Estado, que esté a cargo de la Secretaría del Migrante; con la finalidad tener un padrón actualizado de migrantes que radiquen en la Entidad y fuera de esta y así poder direccionar de manera adecuada las políticas públicas, ya que actualmente al no existir un dato preciso del número de migrantes existentes, nos lleva a una inexacta aplicación de dichas políticas, lo que nos permitirá tener avances significativos, así como una radiografía clara y precisa de la ubicación de los migrantes y su estatus laboral.
Asimismo, resulta necesario transparentar en la Ley el método de selección de los consejeros que forman parte del Consejo Consultivo de la Secretaría de los Migrantes; ya que los mismos son pieza fundamental en la asesoría y consulta de la Secretaría, para el diseño, elaboración e implementación de las políticas públicas para los migrantes y sus familias; por tanto, los mismos deberían ser designados mediante convocatoria pública abierta, elaborada por el Secretario Ejecutivo del Consejo y aprobada por el mismo, la cual debería contener las bases para participar y ser electo consejero y así garantizar la selección de los mejores perfiles, tomando en consideración como mínimo sus antecedentes curriculares, experiencia y trayectoria.