Proponen Diputados Locales Legislación Para Prevenir, Sancionar y Combatir la Tortura

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Proponen Diputados Locales Legislación Para Prevenir, Sancionar y Combatir la Tortura
Proponen Diputados Locales Legislación Para Prevenir, Sancionar y Combatir la Tortura

Los diputados Talía del Carmen Vázquez Alatorre, Santiago Blanco Nateras y Cristina Portillo Ayala, presentaron al Pleno del Congreso Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley para Prevenir, Sancionar y Combatir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
Al respecto, los parlamentarios destacaron la importancia de combatir, sancionar y prevenir la tortura, que dio origen a la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, lo que obligó al Estado Mexicano de tomar acciones para prevenir y sancionar la tortura en los términos de la señalada convención.
No obstante, consideraron, el problema de la tortura ha ido en crecimiento tanto en el país como en Michoacán, motivo por el cual diversos organismos internacionales han dictado diversas medias, alarmas y recomendaciones para que México realice acciones más efectivas para poder prevenir, sancionar y combatir la tortura.
Presenta Eleazar Aparicio Iniciativa de Ley para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Tortura para el Estado.
En otro punto del orden del día y con el interés supremo de conducir a la implementación efectiva del Nuevo Sistema Penal Acusatorio, el diputado Eleazar Aparicio Tercero, presentó al Pleno de la LXXII Legislatura, Iniciativa con Proyecto de Decreto que crea la Ley para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Tortura para el Estado de Michoacán.
Durante la exposición de motivos, el parlamentario local expuso que la práctica de la tortura persiste tanto en el país como en la entidad federativa, lo que representa un lastre para la modernización de los sistemas de justicia y seguridad pública, que hoy pasan por un profundo proceso de reforma hacia el modelo acusatorio adversarial.
Asimismo, Aparicio Tercero consideró que la tortura es una violación grave a los derechos de las personas y se encuentra absolutamente prohibida en el Derecho Internacional, motivo por el cual las legislaturas locales están obligadas a partir de la Ley General de Víctimas, publicada el 9 de enero del 2013, a consagrar derechos, principios de atención y medidas de ayuda inmediata, asistencia, atención y reparación integral del daño, que incluyen la restitución, rehabilitación, indemnización, satisfacción y no repetición en favor de víctimas de todo tipo de delitos y violaciones de derechos humanos, entre las que figuran las de tortura.
Cabe señalar que esta Iniciativa, consta de treinta y ocho artículos distribuidos en diez capítulos, los cuáles reflejan las cuatro obligaciones del Estado en materia de tortura, entendida como violación de derechos humanos; además, se deja en claro desde el principio, el contenido de las conductas objeto de las obligaciones mencionadas; se tipifica y sanciona el delito, además de incluir las obligaciones de la autoridad.
El proyecto armoniza la definición típica con la definición de tortura que consta en el artículo 2 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, incluyendo además la distinción entre actos y omisiones, mediante las cuales se inflijan los dolores y/o sufrimientos físicos o mentales, en consonancia con las reformas federales y la Convención

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