Policías Michoacanos no Acreditan Control y Confianza… y Siguen Laborando

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Policía Auxiliar

Uno de cada tres jefes y elementos policiacos “de calle” michoacanos, no tienen acreditado su examen de control y confianza y, por tanto, no deberían seguir laborando.
De acuerdo con cifras del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Michoacán se ubica entre las primeras entidades con más presencia de policías no acreditados que operan con toda normalidad.
En el caso de los mandos de las diferentes corporaciones policiacas (Procuraduría General de Justicia, Secretaría de Seguridad Pública y cuerpos de seguridad de los municipios), de 129 de primer nivel que operan en Michoacán, 35 reprobaron dichos exámenes, es decir, el 27 por ciento.
El porcentaje ubica a Michoacán en la quinta posición de la lista “negra” o deficitaria, que encabeza Veracruz con un 44 % de sus mandos policiacos reprobados, le siguen Jalisco y Zacatecas con 33 y Sinaloa con 30. Luego viene Michoacán.
En cambio, Tamaulipas apenas tiene un 2% de sus mandos reprobados, lo mismo que Aguascalientes; el Distrito Federal tiene el 3, Baja California el 4, y el Estado de México y Yucatán el 5 cada uno.
Y de acuerdo con cifras del mismo Sistema Nacional de Seguridad Pública, en cuanto al rubro de policías “de calle” que laboran sin haber aprobado el referido examen, Michoacán presenta un problema aún mayor que en el caso de los mandos, habida cuenta que de 1,658 efectivos registrados, 479 están en esa condición de ilegalidad, un 29 por ciento. La entidad se ubica de esa forma en el segundo lugar nacional, sólo detrás, otra vez, de Veracruz, con 34%. Luego vienen Sinaloa, Baja California Sur y Nayarit, con 28, 27 y 22 por ciento, respectivamente.
Campeche, Guanajuato, Chihuahua, Aguascalientes, Puebla, Coahuila, Nuevo León, Querétaro y el Distrito Federal, sólo tiene uno de cada cien policías “de calle”, sin acreditar.
El procedimiento de control de confianza consiste en cinco pruebas que se aplican a cualquier persona que quiere ser o se desempeña como funcionario de un área de seguridad pública o procuración de justicia. Lo anterior con el objetivo de establecer si se trata de una persona “confiable” para desempeñarse en ese cargo.
Las cinco pruebas que componen el control de confianza son el polígrafo (detector de mentiras), toxicológica (para saber si has ingerido drogas), física (para evaluar tu desempeño y salud), de conocimientos generales (fundamentos de seguridad, entre otros) y de entorno socioeconómico (saber si tu forma de vida es acorde con tus ingresos).
Por ley ninguna persona que no supere este proceso puede ser policía. Tanto el artículo 21 de la Constitución como la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública establecen que los agentes deben pasar por un proceso de certificación para ser tales y es un requisito insustituible.
Incluso, se establece constitucionalmente que los policías o aspirantes a policías serán removidos sin ningún beneficio y sin posibilidad de ocupar ese puesto en ninguna otra corporación.

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