El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán en sesión pública determinó imponer una amonestación pública a María de Jesús López Parra, entonces candidata a la presidencia municipal de Santa Ana Maya, Michoacán, por el Partido Revolucionario Institucional, por propaganda electoral consistente en la colocación de una lona en una caseta de parada de transporte público en la comunidad de Mesa Rica, del municipio mencionado, dentro del procedimiento especial sancionador interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática.
Lo anterior, debido a que de acuerdo al estudio de este órgano jurisdiccional, se demostró que dicha propaganda violó las normas electorales al ser colocada en lugar prohibido.
Según un comunicado de prensa, en otro asunto, los integrantes del pleno, por unanimidad resolvieron desechar de plano la queja promovida por Cecilia Amalia Ábrego Hurtado y otros 107 actores en contra de la respuesta negativa del Partido Acción Nacional a las solicitudes de afiliación como militantes a dicho instituto político, debido a que los antes mencionados interpusieron el medio de impugnación fuera del tiempo previsto para ello, es decir, los promoventes tuvieron conocimiento de los actos impugnados el diecisiete de agosto del año en curso, mediante la notificación que hizo el partido político y, la demandas fueron presentadas el veintiocho de septiembre de esta misma anualidad, por lo que su extemporaneidad fue de veintitrés días. Cabe resaltar que ante la proximidad de la renovación de la dirigencia estatal del partido en mención en noviembre de este año, el Tribunal resolvió las quejas de los ciudadanos inconformes.