Aspirantes a Consejeros del ITAIMICH Expondrán Ante Legisladores, el Viernes 28 de Agosto

0
9 visto
Aspirantes a Consejeros del ITAIMICH Expondrán Ante Legisladores, el Viernes 28 de Agosto
Aspirantes a Consejeros del ITAIMICH Expondrán Ante Legisladores, el Viernes 28 de Agosto

Las comisiones de Gobernación y de Derechos Humanos acordaron llevar a cabo las entrevistas con los ocho aspirantes al cargo de consejero del Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán (ITAIMICH), el próximo viernes 28 de agosto.
En reunión de trabajo efectuada este lunes, los legisladores integrantes de ambas comisiones fueron informados que los ocho aspirantes que se registraron en tiempo y forma son elegibles para el cargo, toda vez que cumplieron con los requisitos establecidos en la convocatoria que se emitió para ese fin.
Al respecto, el presidente de la comisión de Gobernación, Olivio López Mújica propuso realizar las entrevistas con los aspirantes, a partir de las 10 horas del próximo viernes, planteamiento que fue aprobado.
El proceso a seguir es que cada uno de los aspirantes tendrá oportunidad de hacer una exposición relativa al ensayo que sobre el tema de la transparencia y el acceso a la información pública, presentaron al solicitar su registro; posteriormente responderán preguntas de las y los legisladores integrantes de las comisiones de Gobernación y de Derechos Humanos.
Cabe señalar que quienes participarán en este proceso para elegir al consejero del ITAIMICH son los ciudadanos Oliverio Medina López, Leopoldo Romero Ochoa, Arturo Herrera Cornejo, José Ignacio Celorio Otero, Jesús Ayala Hurtado, Daniel Chávez García, Hugo Medina Bojórquez y Aristeo García González.
Una vez concluidas las entrevistas, las comisiones de referencia propondrán, mediante dictamen, una terna con los mejores perfiles, misma que será presentada ante el Pleno del Congreso del Estado.
Posteriormente, el Pleno, en la misma sesión en que se presente la terna, emitirá su voto por cédula, y será electo Consejero, aquél que obtenga el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes. Si realizadas dos rondas de votación no se alcanzara la mayoría requerida, las comisiones deberán presentar una nueva terna.
Después de alcanzada la votación requerida, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, hará la declaratoria correspondiente decretando electo al Consejero, mismo que rendirá protesta ante el Pleno, y entrará a ejercer su cargo conforme se lo indique el decreto respectivo.
El Consejero electo será designado por un período de tres años, con posibilidad de una reelección, en términos del artículo 82 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán, y sólo podrá ser removido de sus funciones en términos del Título Cuarto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.

Dejar respuesta