Confirma Sala Toluca sentencia del TEEM

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Confirma Sala Toluca sentencia del TEEM

Morelia, Michoacán.- Por unanimidad de votos, los Magistrados de la Sala Regional Toluca confirmaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, en la que revocó el acuerdo del CG del IEM, relativo a la queja interpuesta en contra del PAN y Marko Cortés Mendoza por actos anticipados, durante el periodo intercampañas.

La máxima autoridad electoral en el país avaló el criterio de los Magistrados del Tribunal de Michoacán, por lo que CG del IEM deberá emitir una nueva resolución en la que, del análisis del contenido de la propaganda utilizada en espectaculares y otros medios publicitarios durante el periodo de precampaña y campaña, y con plenitud de atribuciones determine la responsabilidad de los denunciados y la gravedad de la falta cometida, por la omisión del retiro de la misma y los efectos que esto implicó en perjuicio del principio constitucional de equidad.

Cabe recordar que, en sesión de 20 de septiembre, los Magistrados del Tribunal local refirieron que, del análisis, se pudo determinar por el contenido de la propaganda, que sí hubo continuidad en el mensaje, por lo que sí se constituyó un acto anticipado, propiciando una indebida ventaja.

Lo anterior con sustento en lo expresado por los magistrados del TEEM, quienes señalaron que no fue suficiente valorar de manera aislada la omisión del retiro de la propaganda citada, sino que la autoridad administrativa electoral debió considerar otros elementos como, si la referida omisión obedeció a un simple descuido, o bien, si se hizo con la intención de generar continuidad en los efectos propagandísticos, para obtener una ventaja de cara al inicio de la campaña electoral, así como evaluar el contenido de la propaganda empleada en la precampaña y campaña, para verificar la existencia de coincidencias entre estas.

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