Michoacán como México no puede eludir más la responsabilidad que tiene en torno a los miles de desaparecidos que se han venido acumulando en número año con año, y sobre los que se carece de un padrón integral que permita dar seguimiento a los casos, de ahí la urgencia de legislar en la materia, subrayó el legislador integrante de la Comisión de Derechos Humanos de la LXXII Legislatura local, José Eleazar Aparicio Tercero.
El diputado por el distrito de Pátzcuaro, señaló que México supera hoy día en mucho los números oficiales que reporta la Organización de las Naciones Unidas sobre países como Irak con 16 mil 548 casos; Sri Lanka, con 12 mil 460; Argentina, con tres mil 449; Guatemala, con tres mil 155, Perú, con tres mil nueve, entre otros.
“Las autoridades en nuestro país no se ponen de acuerdo en las cifras, pero todas ellas reportan números muy por encima que los registrados por la ONU en otras naciones; la Secretaría de Gobernación recientemente habló de 16 mil desaparecidos, la Comisión Nacional de Derechos Humanos reporta 24 mil 800, y organizaciones no gubernamentales incluso han referido 45 mil”.
El legislador urgió a sus compañeros legisladores a intensificar los trabajos de dictaminación de la iniciativa de Ley para Prevenir y Sancionar la Desaparición Forzada o Involuntaria de Personas para el estado, que él mismo presentó.
Recalcó que el delito de desaparición forzada, vulnera sistemáticamente una pluralidad de derechos humanos tales como la libertad, la integridad personal, la vida, así como garantías judiciales.
Asimismo Aparicio Tercero recordó que la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, signada por México desde 2002, que lo obliga a tomar las medidas de carácter legislativo, administrativo, judicial o de cualquier otra índole necesarias para cumplir con los compromisos asumidos.
“Es preciso legislar para penalizar el encubrimiento en el caso de las desapariciones forzadas, tomando en cuenta la gravedad y multiplicidad que implica el delito, ya que la desaparición forzada de personas es uno de los delitos cuya investigación se enfrenta a enormes problemas probatorios sobre todo en la materia de responsabilidad de autores intelectuales, pues generalmente no se logra demostrar que el superior ha dado la orden de sustraer a la víctima y lo máximo que se logra probar es la responsabilidad de los autores materiales o en su defecto que determinada persona tuvo conocimiento del delito y lo toleró”.
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