No hay Impedimiento Para Registrar a Bebés con Apellido Materno Primero

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hoy en día el registrar a un niño o niña con el apellido materno antes que el paterno es posible en Michoacán sin la necesidad de orden judicial para ello, porque el Código Familiar del Estado no especifíca el orden de los mismos para un registro ordinario.
El titular de la Dirección del Registro Civil en Michoacán, Hugo Gama Coria, aseguró que se han hecho dos solicitudes hasta ahora, mismas que para ser resueltas se entró al estudio y análisis del marco jurídico en conjunto con la consejería Jurídica del Ejecutivo, esto con una clara visión de garantizar el derecho humano a la identidad y a la igualdad, siguiendo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos establecidos en la Constitución Federal.

El Gobierno del Estado que encabeza Silvano Aureoles Conejo, tiene clara la visión protectora de los derechos humanos de las personas, por ellos el secretario de Gobierno, Adrián López Solís nos ha dado la instrucción de conducirnos con la misma visión, siempre poniendo por delante los derechos de las personas

Gama Coria informó que para poder registrar de esta manera, sólo es necesaria la petición ante cualquiera de los 227 oficiales del Registro Civil ante los cuales se pretenda registrar al menor, estando plenamente garantizada la filiación, ya que en el registro y en el acta de nacimiento quedarán debidamente establecidos los nombres de los padres, ello sin perjuicio del orden de los apellidos.
Sostuvo que esta determinación, deja en claro que en Michoacán las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres, toda vez que se rompe con paradigmas establecidos de manera tradicional, pero además coadyuva para que culturalmente se rompan conductas que no se ajustan al derecho a la igualdad, lo cual va en concordancia con la campaña #YoPorEllas.

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