Presenta Rigel Macías Iniciativa Para Ampliar Sanciones por el Delito de Robo de Vehículos

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* El tipo penal de robo previsto en la ley de la materia, deja abierta la posibilidad a quien realiza la conducta en la modalidad de robo de vehículos automotores y a quien no responda por la comisión del delito en mención fijándosele solo una caución, señaló el legislador.
Hoy en día, la sociedad requiere de leyes que ayuden a perseguir y encarcelar a los delincuentes, para que los encargados de hacer valer el estado de derecho actúen con firmeza y honradez, sin permitir que ningún acto ilícito quede en la impunidad.
Así lo señaló el diputado Rigel Macías Hernández al presentar al Pleno de la LXXII Legislatura en Sesión de este día, una iniciativa que reforma el Artículo 306 bis y las fracciones I, II, III, IV, V y VI del Código Penal del Estado.
Al hacer uso de la tribuna, el legislador refirió que el robo de vehículos es una actividad delictiva con un alto nivel de organización que afecta a todas las regiones de México y está claramente vinculado con la delincuencia organizada. No obstante, dijo, no siempre es un fin en sí mismo, ya que los automóviles robados también son objeto de tráfico para financiar otros delitos, o pueden utilizarse para transportar mercancía ilícita o perpetrar otras actividades delictivas.
También, dijo, se debe tener en cuenta que el incremento de los hechos delictivos y de los grados de violencia tiene que ver con el surgimiento y consolidación de mercados ilegales de transacción económica de piezas y vehículos robados. Es decir, de la existencia de un mercado explícito donde se realizan mercantilmente los objetos del robo, configurando una cadena delictiva que encarna un largo del proceso compuesto por múltiples y diferenciadas etapas.
Luego entonces, trae aparejada la presencia de una variedad de hechos delictivos adicionales, que no se agota en el robo del vehículo: manipulación de registros y colores, compra ilegal de bienes robados, exportación-importación fraudulenta y matriculación corrupta, entre otros.
De allí, subrayó, que se hace imprescindible adecuar la legislación para cada una de las fases del conjunto del proceso y no solo a su parte inicial.
Rigel Macías destacó que en un lapso de máximo tres horas, se estima que un vehículo robado puede estar desvalijado o a muchos kilómetros de distancia de la ciudad de origen, a un paso de salir del país. Al mismo tiempo, éste es el tiempo promedio que una persona puede tardar en interponer una denuncia por este delito, al considerar el traslado que puede tener una víctima a una agencia y el trámite que realiza.
En el estado de Michoacán, explicó el parlamentario, el tipo penal de robo previsto en la ley de la materia, deja abierta la posibilidad a quien realiza la conducta en la modalidad de robo de vehículos automotores y a quien no responda por la comisión del delito en mención fijándosele solo una caución, pues al desmantelar un vehículo, comercializar con sus autopartes o modificar los documentos que avalan su propiedad, no se actualiza con la hipótesis prevista en ese cuerpo normativo.
Por lo anterior, Macías Hernández propuso adicionar el artículo 306 bis y las fracciones I, II, III, IV, V y VI, al Código Penal del Estado para quedar como sigue:
Artículo 306 bis.- También se equipara al delito de robo y se sancionará con pena de cinco a 12 años y multa de 100 a mil días de salario mínimo vigente, al que:
I. Desmantele uno o más vehículos robados, enajene o trafique conjunta o separadamente las partes que los conforman;
II. Enajene o trafique de cualquier manera con uno o más vehículos robados;
III. Detente, posea, custodie, altere o modifique de cualquier manera la documentación que acredite la propiedad o los medios de identificación originales de algún o algunos vehículos robados;
IV. Traslade el o los vehículos robados a otra entidad federativa o al extranjero;
V. Utilice el o los vehículos robados en la comisión de otro u otros delitos; y
VI. Utilice el o los vehículos robados en la prestación de un servicio público o actividad oficial.

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