* Para los nuevos trabajadores que se incorporen al régimen de pensiones, el
requisito para jubilarse será de 30 años de servicio y 60 años de edad.
* Las entidades están obligadas a incorporar a todos sus servidores públicos a la Dirección de Pensiones Civiles, desde el primer día de que empiecen a prestarles sus servicios.
Fortalecer la Dirección de Pensiones Civiles del Estado, a través de una legislación acorde a las necesidades actuales, mediante la cual se propicie el cumplimiento de las obligaciones que la propia Ley establece a los diferentes entidades de gobierno y que el fondo de pensiones cuente realmente con los recursos necesarios para hacer frente a los compromisos que se tiene para con los trabajadores, es el objetivo principal de las reformas aprobadas por la LXXII Legislatura a la Ley de Pensiones Civiles para el Estado.