Por Javier Morfín
Via VivirMexico
El día de hoy, la Gaceta del Senado publicó una iniciativa que busca adicionar el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y crear la Ley Federal de Clasificación de Videojuegos, autoría del Senador por el PVEM, Carlos Puente Salas, y que de buenas a primeras me parece una ocurrencia.
Lo que esta propuesta busca es que la Secretaría de Gobernación regule la distribución y comercialización de los juegos de video, tanto nacionales como extranjeros, asignándoles una clasificación; tal como lo hace con las transmisiones de radio y televisión, así como las películas. De tal manera que si quieres vender un software de entretenimiento en México, deberás primero someterlo a este juicio gubernamental.
Como desarrollador, la ley te obligaría a efectuar un pago para que tu juego sea clasificado. Después, te tendrías que asegurar de enviar a Gobernación tanto software como el hardware necesario para jugarlo, además de un documento en español que explique santo y seña del programa. Cumplidos los requisitos, recibirías respuesta en un plazo de 15 días hábiles y el juego será integrado al Registro Público de Videojuegos, el cual contará con una página de Internet para que cualquier persona pueda consultarlo.
Las clasificaciones quedarían de la siguiente manera:
AA: aptos para todas las edades. No contienen representaciones de violencia, lenguaje procaz, horror, sangre, consumo de sustancias como el alcohol y el tabaco, ni ninguna referencia sexual.
A+7: aptos para mayores de 7 años. Igual que los AA, pero pueden incluir agresividad mínima dentro de un contexto cómico o de fantasía.
B+12: aptos para adolescentes mayores de 12 años. Pueden incluir violencia ocasional sin hacer apologías de ella, ligero lenguaje o imágenes procaces, siempre y cuando no sean el eje central de la trama.
B+16: aptos para adolescentes mayores de 16 años. Pueden incluir violencia y lenguaje procaz, así como imágenes o referencias sexuales implícitas ocasionales -no ilustradas- en un contexto no degradante. Además puede contener imágenes o referencias sobre el consumo de alcohol y cigarro.
C: sólo para mayores de 18 años. Violencia, lenguaje procaz y frases en doble sentido, imágenes o referencias de carácter sexual explícitas o imágenes de consumo de tabaco, alcohol u otras sustancias adictivas.
D: exclusivamente adultos. Estos títulos contienen alto grado de violencia, lenguaje procaz, imágenes sexuales explícitas y consumo de sustancias adictivas.
A través de estas clasificaciones, se busca prohibir la venta de títulos C y D a menores de edad, exigiendo una identificación oficial para permitir la transacción. De la misma manera, los títulos A+7, B+12 y B+16 sólo los podrán comprar adolescentes en compañía de un adulto.
Una vez que sea calificado, y para su exhibición en tiendas, el juego deberá presentar tanto en su caja como en su publicidad, el número de autorización otorgado por Gobernación así como su logotipo institucional, junto con la clasificación; esto de manera clara y precisa, en el anverso y el reverso del empaque. Además los juegos C y D tendrán que portar una leyenda destacada que diga «Prohibida su venta, renta o transmisión a menores de 18 años».
La iniciativa también contempla verificaciones a los establecimientos que distribuyan estos productos y sanciones a quienes no cumplan con estas normas. Lo que no contempla es la responsabilidad que tienen los padres en lo que ven, escuchan y juegan sus hijos.
Si bien la propuesta tiene un fin legítimo como lo es el alejar material indebido del alcance de los niños, jamás habla de informar a los tutores sobre las clasificaciones dejando toda la responsabilidad a desarrolladores y distribuidores. Actualmente, existen sistemas de clasificación como el Entertainment Software Rating Board (ESRB) en Estados Unidos, la Pan European Game Information (PEGI) en Europa y la Computer Entertainment Rating Organization (CERO) en Japón. Estas organizaciones, no es casualidad, nacen en los principales mercados de videojuegos como una necesidad propia de la regulación de contenidos y se convirtieron en normas regionales. En México no se producen ni se comercializan tatos juegos como en estos países. Ni cerca, vaya.
La ESRB, por ejemplo, es un cuerpo auto regulado y sin fines de lucro de la Asociación de Software de Entretenimiento de los Estados Unidos (ESA por sus siglas en inglés) que está activo desde 1994. Actualmente, los juegos que se distribuyen en México pasan antes por ese filtro y son empacados con su clasificación y descripción de contenidos. Entender estas etiquetas es muy sencillo y en algunos casos, hasta vienen traducidas. Esta clasificación también alcanza los juegos vendidos en línea, los cuales ni siquiera contempla la propuesta de ley. De igual manera, la publicidad en el país advierte la calificación de la ESRB. El problema es que ni vendedores ni padres conocen este sistema, y mucho menos lo que están vendiendo/comprando.
Es decir, con la Ley Federal de Clasificación de Videojuegos o sin ella, los padres seguirían comprando juegos no aptos para sus hijos porque en el fondo desconocen qué hay dentro del empaque. En este sentido, el gobierno debería promover la responsabilidad en padres y tutores y hacerlos partícipes de la regulación de los contenidos que llegan a sus pequeños. En vez de gastar recursos humanos y materiales en la implementación de una ley infértil, obligar a los desarrolladores a pagar la revisión y orillarlos a diseñar nuevas carátulas y empaques, sería más productivo un programa de concientización que fomente en los papás el interés por conocer qué juegan sus hijos y que informe tanto a usuarios como a vendedores de las clasificaciones de la ESRB para regular la comercialización de los juegos desde lo ya establecido. Más práctico, fácil y accesible, imposible.