Acciones Legislativas Responsables, Para dar Certeza al Rumbo de Michoacán: Diputados PRI

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Rechazan Legisladores que se Aprobarán Oneroso Aguinaldo
Rechazan Legisladores que se Aprobarán Oneroso Aguinaldo

El grupo parlamentario del PRI presentó al Pleno de la LXXII Legislatura, el informe de labores legislativas.
Con apertura al diálogo y al consenso con otras fuerzas políticas representadas en el Congreso del Estado, las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional contribuyeron en las iniciativas, decretos, puntos de acuerdo y decisiones políticas que contribuyeron a moldear la realidad de Michoacán.
De esta manera, durante el cuarto año de labores y en los más de tres años y siete meses de la LXXII Legislatura, el grupo parlamentario priista realizó acciones para evitar crisis mayores, para innovar el sistema jurídico del Estado y para darle certeza y viabilidad al rumbo de Michoacán, y a mejorar las condiciones de vida de las y los michoacanos.
De igual forma, se hicieron leyes para contribuir a un orden social fundamental basado en la observancia de la ley y en el respeto al Estado de Derecho.
Así, durante el cuarto año de ejercicio, se tiene registro de 23 iniciativas de nuevas leyes o reformas presentadas, de las que derivaron en la aprobación de nueve reformas a las leyes actuales del Estado y la expedición de dos nuevas leyes.
Entre éstas destacan las iniciativas de decreto para la expedición de la Ley Anticorrupción en Contrataciones Públicas para el Estado de Michoacán; para la reforma de diversos artículos del Código de Procedimientos Civiles; para la expedición de la Ley para Promover Valores Humanos y Cultura de la Legalidad; para las reformas a los artículos 49 fracción VI y 62 de la Ley Orgánica Municipal del Estado.
También sobresalen las iniciativas de decreto, que reforma el artículo 103 del Código Familiar; de modificación y adición a diversas disposiciones de la Ley de Pensiones Civiles; reformas a fracciones del artículo 30 de la Ley de Turismo, así como del artículo 10 de la Ley para el Desarrollo y Protección de las Madres Jefas de Familia.

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